La actual normativa vigente (Real Decreto 1027/2007) aprueba el Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios RITE, aplicado a las instalaciones térmicas (calefacción, refrigeración y ventilación) y a las de producción de agua caliente sanitaria (ACS).
Este reglamento establece las exigencias que deben cumplir las instalaciones térmicas con el fin de asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia
energética, garantizando la seguridad, la durabilidad y la protección del medio ambiente.
Es una exigencia de la normativa, que el mantenimiento de las instalaciones térmicas sea realizado por empresa mantenedora autorizada, debidamente registrada ante la administración pública competente
al efecto.
Quedan sujetas al RITE, las instalaciones térmicas de climatización según los siguientes casos, atendiendo a la potencia térmica instalada:
a) 5 kW <= Pot. Térmica instalada en calor o frio <= 70 kW
Empresa mantenedora autorizada realiza el mantenimiento de acuerdo al Manual de Uso y Mantenimiento de la instalación.
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b) Pot. Térmica instalada en calor o frio > 70 kW
Empresa mantenedora autorizada mediante contrato con el titular para realizar
el mantenimiento de acuerdo al Manual de Uso y Mantenimiento de la instalación.
Anualmente el mantenedor autorizado titular del carné profesional del RITE
suscribirá el certificado de mantenimiento que será expedido, si asi se determina, al órgano competente de la Administración Pública competente.
GLEZELEC,SL está en posesión de los carnés profesionales y de las acreditaciones de registro de empresa para realizar los mantenimientos de las instalaciones térmicas de los edificios emitidos por el
Servicio Territorial de Industria y Seguridad Industrial de la G
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